De Derecho en Red
Artículo 22. Colecciones escogidas u obras completas. [1]
La cesión de los derechos de explotación sobre sus obras no impedirá al autor publicarlas reunidas en colección escogida o completa.
Comentarios
Aunque la Ley de Propiedad Intelectual permite a los autores ceder todos los derechos de explotación sobre sus obras a terceras personas, este artículo 22 confiere a los creadores la potestad de publicar las mismas en una o varias ediciones que reúnan todo o parte de sus obras creadas de tal forma que pueda el autor reunir en una misma obra, un compendio de las obras publicadas de forma separada.